La finalidad de este procedimiento es proporcionar al ciudadano que lo solicite un certificado que acredita la convivencia en el municipio y el domicilio del habitante, en el que consten sus datos de empadronamiento, así como otros hechos relativos al empadronamiento.
El interesado o su representante legal o voluntario.
3 meses
Realización del trámite presencialmente: Ayuntamiento de Cáceres -- Negociado de Estadística, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
Realizando el tramite de forma electrónica: Sede electrónica.
ALCALDÍA
- Recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes contra acto expreso y en cualquier momento contra acto no expreso.
- Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses contra el acto expreso y 6 meses contra el acto presunto.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015 sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No requiere Tasa.