La finalidad de este procedimiento es proporcionar al ciudadano que lo solicite un certificado que acredita la convivencia en el municipio y el domicilio del habitante, en el que consten sus datos de empadronamiento, así como otros hechos relativos al empadronamiento.
(Puede consultar nuestro vídeo de ayuda para este trámite).
El interesado o su representante legal o voluntario.
3 meses
Realización del trámite presencialmente: Ayuntamiento de Cáceres -- Negociado de Estadística, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
Realizando el tramite de forma electrónica: Sede electrónica.
ALCALDÍA
- Recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes contra acto expreso y en cualquier momento contra acto no expreso.
- Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses contra el acto expreso y 6 meses contra el acto presunto.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015 sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No requiere Tasa.
Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.