Personas físicas o jurídicas interesadas que reunan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Para realizar trámite de forma electrónica: Sede Electrónica.
Para realizar trámite de forma presencial: Registro General del Ayuntamiento de Cáceres.
Ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante y de los mercadillos de la ciudad de Cáceres.
Ley 8/2018, de 23 de Octubre, del Comercio de Venta Ambulante de Extremadura.
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común del régimen jurídico de las Admistraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de régimen jurídico del Sector Público Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.
AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA POR PUESTO DE WOMAD podrá hacer el ingreso de la tasa asociada desde la Sede Tributaria del Ayuntamiento de Cáceres (https://sedept.caceres.es), dentro de la sección de "autoliquidaciones tasas y precios públicos". El tributo denominado: “Tasas por puestos de womad"