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Teleasistencia Domiciliaria

Descripción

Teleasistencia Domiciliaria

Finalidad

El Servicio de Teleasistencia domiciliaria es un servicio técnico que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un centro de atención y en el domicilio de las personas usuarias, permite a los mayores y/o personas con diversidad funcional, con solo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin molestias, entrar en contacto verbal “ manos libres” durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con un centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por si mismo o movilizando otros recursos humanos o materiales propios del usuario o existentes en la comunidad.

Quien lo puede Presentar

Las personas mayores de 65 años o personas menores de esa edad que presenten alguna diversidad funcional que limite su autonomía personal; que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día, o bien que, aunque convivan con otras personas, éstas presenten similares circunstancias de edad o discapacidad.

Plazos de Presentación

Abierto todo el año

Presentación

-Registro General y sus Registros Auxiliares del Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres.

- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es

Organo Gestor

Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales

Plazo de resolución

El establecido legalmente

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que dicta este acto, en el plazo de UN MES; o bien, formular directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres.

Normativa básica

- Ley de Servicios Sociales de Extremadura

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Estatutos del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Asuntos Sociales

Pago de tasas

no existe

Información Adicional

Para el acceso al Servicio, todas las solicitudes ya valoradas entrarán en una lista de espera que se irá gestionando según puntuación y conforme se vaya disponiendo de vacantes.

 
Documentos Normalizados para este Trámite
Solicitud Inicial o Revisión del servicio Teleasistencia Domiciliaria. Mod-275
Autorización para presentar en nombre de. Mod-202

 

Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.

 

Obtención de oficio de la documentación requerida: Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de este Ayuntamiento o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. Este Ayuntamiento podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera expresamente a ello. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 28.2 de la Ley 39/2015.

 

 

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud de NUEVA o de REVISION del Servicio Teleasistencia Domiciliaria. Mod-275
Fotocopia del DNI del solicitante (en caso presencial)
Informe médico actualizado del solicitante y demás miembros si procede.
Certificado de calificación del grado de discapacidad, si procede.
Fotocopia de la tarjeta sanitaria.
Documentación acreditada de la valoración y de servicios o prestaciones derivados de la Ley de Dependencia u otras entidades.
- Vida laboral del solicitante. (Obtención de oficio)
Vida laboral de los miembros mayores de 16 años y menores de 65 años, en su caso. (Obtención de oficio)
- Certificado de empadronamiento colectivo con relación de personas empadronadas en el domicilio. (Obtención de Oficio)
Justificante de ingresos (nóminas, certificados de pensiones del año en curso, certificados del SEPE, etc) de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
- Declaración de la Renta del último ejercicio del solicitante. (Obtención de oficio).
Declaración de la Renta del último ejercicio de los miembros mayores de 16 años que convivan en el domicilio, si es el caso. (Obtención de oficio)
Autorización para presentar en nombre de. Mod-202 (si es el caso)
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