Licencias para la Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos
Obtencion de licencia para la tenencia de perro potencialmente peligroso.
Personas físicas que reunan los requisitos establecidos en la normativa vigente
En cualquier momento
- Realización del trámite de forma electrónica: en sede electrónica.
- Realización del trámite presencialmente: En las Oficinas del Registro, Ayuntamiento de Cáceres - Negociado de Estadística, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
- Demás lugares contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ALCALDE-PRESIDENTE
Tres meses
Recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto o recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, si procede.
- Ley 30/2015, de 1 de Octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de régimen jurídico del Sector Público
- Ley 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal
-Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, de tenencia de animales potencialmente peligrosos
- Ley 5/202, de 23 de Mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
No requiere Tasa
Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.