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Subvenciones municipales destinadas al mantenimiento del tejido empresarial y del empleo por situación económica ocasionada por el covid-19

Descripción

Subvenciones municipales destinadas al mantenimiento del tejido empresarial y del empleo derivadas de la situación económica ocasionada por el Covid-19 en el término municipal de Cáceres para el año 2020.

 

 

Finalidad

Contribuir al mantenimiento local del tejido empresarial y del empleo, para las empresas que se han visto afectadas por la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y demás normas que la complementan.

Quien lo puede Presentar

Personas físicas, jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica.

Plazos de Presentación
01/06/2020 10:00:00 - 30/10/2021 14:00:00
Presentación
Realización del trámite presencialmente: Ayuntamiento de Cáceres -- Registro General, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Ayuntamiento de Cáceres -- Registro Auxiliar sito en las oficinas del Punto de Acompañamiento Empresarial, Edificio Embarcadero, C/Santa Cristina, nº1 10.195 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h. Realizando el tramite de forma electrónica: Sede electróncia
Organo Gestor

Concejalía de Economía, Hacienda, Mercados, Comercio, Empresas y Régimen Interior

Plazo de resolución

Dos  meses a contar desde la presentación de las solicitudes (de acuerdo con Resolución de Alcaldía de 23/06/2020)

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
Contra la Resolución que resuelva el expediente podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que la dicta en el plazo de UN MES; o bien formularse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, recurso este último que no podrá interponerse hasta que sea resuelto, en su caso, expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la propia Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y demás disposiciones en vigor, y sin perjuicio de que pueda interponer cuantos otros recursos estimare conveniente en defensa de sus derechos.
Normativa básica
Estas subvenciones se rigen por lo dispuesto en las Bases de la Convocatoria y en la normativa siguiente: - La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, las Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cáceres aprobada mediante acuerdo plenario de fecha 20 de julio 2017 (BOP Nº 184, de 27 de septiembre de 2017). - Las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Pago de tasas
No conlleva el pago de tasas municipales
Información Adicional

MÁS INFORMACIÓN

Tlfno 927 112 112 Horario de atención al público: 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 horas.

Correo electrónico: empresas@ayto-caceres.es

Para consultas sobre presentación telemática: registro@ayto-caceres.es                     

Página Web https://www.ayto-caceres.es/

Documentación relacionada
AMPLIACIÓN PLAZO RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

ANEXO I MODELO SOLICITUD

ANEXO II MEMORIA JUSTIFICATIVA

ANEXO II MEMORIA JUSTIFICATIVA

CARTEL DIFUSIÓN

PREGUNTAS FRECUENTES

RESUME EXPLICATIVO

Documentos a Presentar
Documentación Requerida
Solicitud Requerida
MODELO-SOLICITUD-AYTO-COVID
En el caso de persona jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, copia del Número de Identificación Fiscal de la entidad
Modelo de Memoria justificativa (SÓLO PARA SUBVENCIONES CONCEDIDAS: este documento deberá presentarse desde la fecha de concesión hasta el 31/10/2020)
Copia del Documento de Identificación: Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) del solicitante.
Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho
Copia del NIF del representante legal
Copia del Informe de vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social a fecha de1 de marzo de 2020
Copia del Informe de vida laboral del trabajador autónomo o de los socios trabajadores de la entidad solicitante emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
Certificado de estar dado de alta en la Mutualidad Profesional correspondiente
En caso de minoración de facturación, documento de la Mutua correspondiente por el que se le reconoce su derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad o bien presentación de alguno de los siguientes documentos: libro de registro de fac
En caso de minoración de facturación, documento de la Mutua correspondiente por el que se le reconoce su derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad o bien presentación de alguno de los siguientes documentos: libro de registro de facturas emitidas y recibidas, libro de ingresos y gastos, libro registro de ventas e ingresos, libro de compras y gastos o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho
La solicitud esta fuera de plazo
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