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Solicitud de subvención para autónomos y empresas de los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por el Covid-19 para el año 2021

Descripción

Solicitud de subvención para autónomos y empresas de los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por el Covid-19 para el año 2021

Finalidad

Solicitud de subvención para autónomos y empresas de los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por el Covid-19 para el año 2021

Quien lo puede Presentar

Personas físicas, jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que ejerzan su actividad económica principal en el término municipal de Cáceres y desarrollen esa actividad en alguno de los epígrafes y grupos del Anexo I de la Convocatoria.

Plazos de Presentación

Diez  días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Convocatoria de subvenciones y su correspondiente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Presentación
  1. Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás personas que señala el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar su solicitud obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres.
  2. Las personas físicas y demás interesados no obligados a la presentación telemática, podrán presentar sus solicitudes de forma telemática o presencial, a través del Registro del Ayuntamiento o en las formas previstas en el articulo 164, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aunque se recomienda su presentación telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento si cuentan con el correspondiente certificado digital, para una mayor fluidez de las comunicaciones y agilización de las gestiones administrativas.
Organo Gestor

Solicitud de subvención del Programa de Ayudas de emergencia a autónomos y empresas de los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por la reducción de actividad ocasionada por el Covid-19 para el año 2021

Plazo de resolución

Seis meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra la Resolución que resuelva el expediente podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano administrativo que la dicta en el plazo de UN MES; o bien formularse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, recurso este último que no podrá interponerse hasta que sea resuelto, en su caso, expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la propia Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y demás disposiciones en vigor, y sin perjuicio de que pueda interponer cuantos otros recursos estimare conveniente en defensa de sus derechos.

Normativa básica

Estas subvenciones se rigen por lo dispuesto en:

-          La Convocatoria de subvenciones.

-          La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

-          El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

-          Las Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cáceres aprobada mediante acuerdo plenario de fecha 20 de julio 2017 (BOP Nº 184, de 27 de septiembre de 2017).

Las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, por las normas de derecho privado.

Pago de tasas

No conlleva el pago de tasas municipales

Información Adicional

MÁS INFORMACIÓN
- Horario de atención al público: 9:00 a 14:00
- Tlfno. Consultas Cámara de Comercio: 927627108
- Correo electrónico: info@camaracaceres.es
- Para consultas sobre presentación telemática: registro@ayto-caceres.es

 

Alta de Terceros:

Las cantidades referentes a esta solicitud se ingresarán en la cuenta bancaria que conste en el alta de terceros presentada en el Ayuntamiento de Cáceres.

En el caso de que no figure en este Ayuntamiento dicha documentación, no se abonarán las cantidades hasta que la misma haya sido presentada mediante el trámite correspondiente: ALTA DE TERCEROS establecido en la sede electrónica, o presencialmente en las dependencias de REGISTRO GENERAL MUNICIPAL.

 

Documentación relacionada
ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO V

Convocatoria

Extractos convocatoria

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentos
Anexo II – Modelo de Solicitud
Anexo III – Declaración Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes y Entidades sin personalidad jurídica (ESPJ)
Declaración sobre representación legal y porcentaje de participación en la subvención, obligatorio para las Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y Entidades sin personalidad jurídica.
Copia del Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) del solicitante.
En el caso de persona jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, copia del Código de Identificación Fiscal de la entidad.
NIF del representante legal
En el caso de que se actúe en representación, acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho y copia del NIF del representante legal.
Certificado de estar dado en la Mutualidad Profesional correspondiente
Acreditación de la Representación Legal
Situación censal ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria
Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la TGSS
Vida laboral del trabajador autónomo o de los socios trabajadores de la entidad solicitante emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
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