Cambio de datos personales de ciudadanos que estén dados de alta en el padrón de habitantes del Ayuntamiento de Cáceres.
Ciudadanos dados de alta en el padrón municipal del Ayuntamiento de Cáceres.
En cualquier momento.
- Realización del trámite de forma electrónica: en sede electrónica.
- Realización del trámite presencialmente: En las Oficinas del Registro, Ayuntamiento de Cáceres - Negociado de Estadística, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.
- Demás lugares contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3 meses
- Recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes contra acto expreso y en cualquier momento contra acto no expreso.
- Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses contra el acto expreso y 6 meses contra el acto presunto.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015 sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
No requiere tasa.
Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.