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Cambio de datos personales en el padrón de habitantes

Descripción

Finalidad

Cambio de datos personales de ciudadanos que estén dados de alta en el padrón de habitantes del Ayuntamiento de Cáceres.

Quien lo puede Presentar

Ciudadanos dados de alta en el padrón municipal del Ayuntamiento de Cáceres.

Plazos de Presentación

En cualquier momento.

Presentación

- Realización del trámite de forma electrónica: en sede electrónica.

- Realización del trámite presencialmente: En las Oficinas del Registro, Ayuntamiento de Cáceres - Negociado de Estadística, Plaza Mayor, S/N 10.003 - Cáceres Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

- Demás lugares contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

- Recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes contra acto expreso y en cualquier momento contra acto no expreso.

- Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses contra el acto expreso y 6 meses contra el acto presunto.

Normativa básica

- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

- Resolución de 16 de marzo de 2015, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015 sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Pago de tasas

No requiere tasa.

Información Adicional
 
Documentos Normalizados para este Trámite
Instancia General. Mod-201

 

Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
DOCUMENTOS
Solicitud Instancia General. Mod-201.
Acreditación de la identidad, en vigor:( DNI,NIE, Pasaporte, Certificado Registro Ciudadano U.E o Tarjeta de Residencia) - Los ciudadanos comunitarios deben presentar NIE.
Acreditación de la identidad, en vigor:( DNI,NIE, Pasaporte, Certificado Registro Ciudadano U.E o Tarjeta de Residencia) - Los ciudadanos comunitarios deben presentar NIE. (Siempre).
Documento acreditativo de la Representación Legal.
Documento acreditativo de la Representación Legal (si es el caso).
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