Ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo al programa de colaboración Económica Municipal para Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para 2025.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión directa de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias con cargo al Programa de Colaboración Económica Municipal para Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para 2025 aprobado por Acuerdo de 4 de marzo de 2025 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, con los requisitos y cuantías establecidos en el Decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, actualizado por Resolución de 2 de enero de 2023, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se dispone la actualización de los anexos I y IV, y la Orden de 2 de enero de 2023 por la que se actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contemplados en el Decreto 110/2021.
Personas físicas.
- Registro General y sus Registros Auxiliares del Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
3 meses.
Podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y Art. 4º de los Estatutos del IMAS (BOP nº 156 de 13 de agosto de 2021), ostenta las competencias relativas a la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza específica reguladora de la concesión de prestaciones económicas de emergencia social del IMAS.
- Acuerdo de 4 de marzo de 2025 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para 2025.
No tiene.
Se recomienda aportar, en el momento de la solicitud, toda la documentación requerida con el fin de agilizar el trámite. Si faltase algún documento necesario se le hará un requerimiento para que lo aporte, con lo que se alargará el plazo de tramitación.
Alta de Terceros:
Las cantidades referentes a esta solicitud se ingresarán en la cuenta bancaria que conste en el alta de terceros presentada en el Ayuntamiento de Cáceres.
En el caso de que no figure en este Ayuntamiento dicha documentación, no se abonarán las cantidades hasta que la misma haya sido presentada mediante el trámite correspondiente: ALTA DE TERCEROS por medios electrónicos o de firma presencial en las dependencias del REGISTRO GENERAL MUNICIPAL. Puede utilizar para ello los documentos anexos de la tabla anterior: Alta de terceros y Certificado bancario.